La vida humana no puede estar a merced de las decisiones de la Corte Constitucional ni del Ministerio de Salud. El respeto a la vida no sólo está contenido en el artículo 11 de nuestra Constitución Política, sino que hace parte de la declaración universal de los Derechos Humanos y está contenido como valor fundamental. Por ello, cualquier decisión que atente contra la vida debe ser el pueblo, como Constituyente Primario o el órgano delegado que es el Congreso, el que decida en cuáles casos puede despenalizarse la eutanasia. Entre otras cosas, hay un profundo dilema ético para los médicos que hacen el juramento hipocrático de defender la vida de sus pacientes, pero la puerta que abre la Corte con su decisión es que ahora pueden acelerar la muerte de un enfermo, terminal o no. Es incoherente y un horror ver cómo muchos dicen defender a capa y espada los Derechos Humanos, pero al mismo tiempo justifican la violación del primer derecho fundamental, el de la vida.

Con estupor analicé cada uno de los párrafos de la sentencia publicada esta semana por la Corte Constitucional, en la que amplía la escabrosa práctica de la eutanasia, que no es otra cosa que un homicidio, ya no solo a pacientes terminales, sino que amplían a pacientes no terminales, amparados en la supuesta protección del derecho a “morir dignamente”, derecho que en la legislación colombiana no existe. En ese orden de ideas traigo a colación una cita del abogado y profesor, Francisco Bernate muy pertinente para este tema: “mientras el Congreso de la República no reglamente la eutanasia, los médicos no pueden quitarle la vida a ningún ser humano”, más claro no se puede decir.

Ahora bien, y ojo a esto, lo que dice la Ley 23 de 1981 en su artículo 17 es que “la cronicidad o incurabilidad de la enfermedad no constituye un motivo para que un médico prive de asistencia a un paciente”, y en su artículo 18 dice, “si la situación del enfermo es grave el médico tiene la obligación de comunicarla a sus familiares o allegados y al paciente en los casos en que ello contribuya a la solución de sus problemas espirituales y materiales”, por ningún lado dice que se puede causar la muerte del enfermo. Es tan grave abrir esa compuerta que dejaría la vida en manos de terceros. Que es lo que hace la eutanasia.

No puede ser que ahora, toda persona que padezca una enfermedad grave pueda acceder a este procedimiento solo con firmar un consentimiento anticipado; esa es una salida fácil que deja de lado opciones como los cuidados paliativos y los grandes avances que ha tenido la medicina para tratar enfermedades crónicas, dolorosas o de alta complejidad. A este paso la eutanasia no solo será una práctica común y de fácil acceso, sino que podrá ser aprovechada, desde la clandestinidad, para que personas recurran a ella, por ejemplo, hasta para hacer efectivo el cobro de seguros de vida o en casos de personas que sufran depresión, o como mecanismo de descarte muy al estilo de los nazis, donde el enfermo, el vulnerable, no debía seguir viviendo. Lo veían, y aún hoy muchos lo ven como una carga social… Qué horror da pensar que podamos llegar a ese extremo, pero es la puerta que abre la Corte Constitucional con su decisión. 

Revisemos el caso de la señora Martha Sepúlveda, quien, si bien padece una enfermedad degenerativa, no es terminal y aún así en primera instancia le fue aprobado el procedimiento para acabar con su vida. Esta barbaridad la desencadenó la sentencia C233- 2021 de la Corte Constitucional en la que amplió el supuesto derecho a “morir dignamente” a pacientes con enfermedades no terminales. La decisión del comité no solo fue precipitada sino equivocada pues estuvo basada en el concepto contenido en la historia clínica (enfermedad incurable avanzada) y no en una valoración directa; y peor aún, conociendo que el último dictamen de neurología fue claro en confirmar que: “la esperanza de vida es mayor a seis meses”.

Ahora bien, ese mismo comité, en una nueva revisión del caso y a solo horas de practicarse la eutanasia, evidenció que el cuadro clínico actual no es el de una paciente en estado terminal y que los dolores físicos no son desproporcionados a la enfermedad que padece, por lo que reversó el procedimiento, decisión acertada y acorde a la reglamentación actual. Aquí sin duda, primó la ética médica y la prudencia, y no la presión mediática que desató la nota periodística con la que se hizo público su caso. Pero si tengo que decir que me generó profunda tristeza ver, no solo a la paciente sino a los familiares, con alborozo celebrar la eutanasia, y luego su airada reacción frente a la suspensión del procedimiento.

Tan execrable es la eutanasia que solo cinco países en el mundo la han regulado: Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Canadá y Colombia. No en vano, el Congreso de la República de nuestro país le ha dicho no, por votación o falta de trámite, a 12 iniciativas legislativas que han buscado dar vía libre a este procedimiento que como bien dijo su santidad, el papa Francisco, “es una cultura del descarte”.

Entonces me pregunto, ¿dónde quedó el amor y el respeto por la vida?, ¿la eutanasia será ahora la salida fácil para todas las personas que padecen enfermedades de alta complejidad?, ¿qué pasa con los grandes avances en materia de cuidados paliativos y de medicina?…

María del Rosario Guerra

@CharoGuerra